Correo electrónico para información adicional: infopsicologia@ugr.es
Definición y requisitos previos
Procedimiento por el que se solicita la admisión para cursar estudios en un Grado impartido en este centro, teniendo estudios universitarios extranjeros parciales o totales, siempre que no se haya obtenido la homologación o equivalencia de su título extranjero.
Las solicitudes de estudiantado con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación o equivalencia de su título en España deberán cumplir el requisito de obtener el reconocimiento de un mínimo de 30 créditos. Se podrán reconocer créditos por estos estudios teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias, los conocimientos y el número de créditos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previsto en el plan de estudios, o bien valorando su carácter transversal.
Plazos
Los plazos administrativos establecidos para el curso académico por el Consejo de Gobierno, publicados en el calendario académico oficial.
Procedimiento
Solicitud: solicitud de admisión por reconocimiento parcial de estudios extranjeros (https://sede.ugr.es/procs/Traslados-de-estudiantes-con-estudios-universitarios-extranjeros-parciales-o-totales-no-homologados-admision-en-estudios-de-Grado-de-UGR/). Si no dispone de certificado digital o clave de acceso podrá solicitar una clave temporal; para ello debe enviar un email a @email, adjuntando la correspondiente identificación (DNI, NIE, pasaporte, etc…) y solicitar dicha clave.
Documentación necesaria a presentar junto a la solicitud:
- Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte
- Propuesta de equivalencia entre los estudios cursados y los correspondientes al plan de estudios del Grado al que se pretende acceder
- Certificación académica personal con calificaciones de los estudios universitarios extranjeros previos.
- Documentación necesaria para resolver adecuadamente la solicitud: plan de estudios, programas o guías docentes de las asignaturas superadas, etc.
- Certificado expedido por el órgano competente del país de origen que acredite que los estudios son de rango universitario.
- Documentación que permita acreditar fehacientemente las circunstancias excepcionales por las que solicita la admisión, cuando proceda.
Toda la documentación, en caso de estar en una lengua extranjera, se presentará traducida oficialmente al español. Además, la documentación deberá estar debidamente legalizada por vía diplomática o, en su caso, con la correspondiente apostilla de La Haya (excepto para títulos y certificados obtenidos en los países del Espacio Europeo de Educación Superior).
Tasas: para este curso el coste será de 70 euros, en concepto de admisión y revisión de solicitudes.
Criterios de admisión: las solicitudes de admisión se resolverán en función de la nota media del expediente académico de origen, así como de otros parámetros académicos si los hubiera. Los posibles empates de calificaciones se resolverán en función del mayor número de créditos superados en la universidad de origen. Las plazas ofertadas son:
- Grado en Psicología: 3
- Grado en Logopedia: 1
Resolución del Decanato por la que, a la vista de la documentación presentada y teniendo en cuenta tanto las plazas ofertadas como la normativa universitaria, se concederá o denegará la admisión por reconocimiento parcial de estudios extranjeros. Dicha resolución se notificará por medios telemáticas (sistema Hermes) a los interesados en el plazo de dos meses desde la solicitud. Contra la resolución se podrá presentar recurso de reposición ante el Rector de la UGR en el plazo de un mes.
Este procedimiento de solicitud para optar a las plazas ofertadas para admisión a través de traslado de expediente realizado en la Facultad, es compatible con la solicitud de preinscripción a través del Distrito Único Andaluz (https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit/) para iniciar estudios de Grado. Se recomienda, que, en caso de cumplir los requisitos, se utilicen ambas vías de solicitud para tener más opciones de admisión.
Trámites a realizar en caso de aceptación
Una vez recibida la resolución por la que se concede plaza en esta Facultad, la persona interesada deberá realizar los siguientes trámites:
- Formalizar su matrícula provisional en la secretaría de la Facultad durante la segunda quincena de septiembre. La no formalización de la matrícula supondrá la pérdida de la plaza obtenida y la anulación del reconocimiento realizado
- Una vez tramitados los reconocimientos por la secretaría de la Facultad, la persona interesada deberá abonar los precios públicos correspondientes y quedará formalizada su matrícula con carácter definitivo, pudiendo realizar en ese momento las modificaciones que estimara procedentes
Normativa aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
- Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
- Normas de Permanencia para estudiantado de las enseñanzas oficiales de Grado y Master universitario. BOUGR nº 109 de 18 de julio de 2016.
- Texto consolidado del Reglamento de Gestión Académica. BOUGR nº nº 183 de 6 de julio de 2022.
- Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores